lunes, 4 de agosto de 2008

Fortalecimiento y Desarrollo agropecuario Nacional


A continuación reproducimos el texto de la propuesta remitida al Excelentísimo Presidente de la Republica Dr. Leonel Fernández Reyna por el partido Justicia Social de la Republica Dominicana conteniendo sugerencias para la Capitalización del Banco Agrícola




AL CIUDADANO, DR LEONEL FERNÁNDEZ REYNA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA


Asunto : Sugerencias del Partido Justicia Social de la Rep. Dom.
Para el Fortalecimiento y Desarrollo agropecuario Nacional.

PRUDENTE Y SAPIENCIAL CIUDADANO : el PARTIDO JUSTICIA SOCIAL (P.J.S.), institución política en vía de ascensión a la personería jurídica con presencia fáctica en la República Dominicana; representado por su PRESIDENTE, Lic. JOVANNY ARQUÍMEDES RODRÍGUEZ , Dominicano, Mayor de edad, de ocupación Contador Publico, titular de la cedula de identificación personal y electoral No. 001-0080887-2 con domicilio en la calle primera número 13 del sector las palmas de Alma Rosa; y por el Coordinador de la Comisión Jurídica, LIC. JOSÉ MANUEL RAMOS, dominicano, mayor de edad, Abogado, titular de las cédulas de identidad personal y electoral número 001-0068791-2, con domicilio en la calle Gardenias, número 5, Jardines del Ozama II, Santo Domingo Este, Provincia Santo Domingo; por medio de la presente comunicación, tenemos a bien exponer y luego impetrar lo siguiente :

RESULTA : que el PARTIDO JUSTICIA SOCIAL (PJS), es una institución política en vía de ascensión a la personería jurídica con presencia fáctica en la República Dominicana; que por intermedio del trascendente movimiento de apoyo a su reelección, la ALIANZA NACIONAL CON LEONEL (ANEL), hicimos causa común en sus nobles aspiraciones a mantenerse en el solio presidencial.

RESULTA : que la ALIANZA NACIONAL CON LEONEL (ANEL), genuino y trascendente movimiento de apoyo a sus aspiraciones presidenciales, estratégicamente dirigido por el LIC. MANUEL BRITO, Presidente; LIC. MÁXIMO CEBALLOS, vice-presidente; y DR. FELIPE VALDEZ, Secretario General, realizaron un sincero y enorme esfuerzo, asegurando para su triunfo más de cuatrocientos mil votos en las elecciones recién transcurridas.

RESULTA : que todos los ciudadanos dominicanos, conscientes de su rol histórico-social, nos sentimos compromisarios con los proyectos y ejecutorias del superior gobierno, sabiamente dirigido por su acicalado espíritu democrático.

RESULTA : que su excelencia por su capacidad de razonamiento constructivo, su clara visión de la problemática mundial y su liderazgo internacional, en su calidad de Presidente Constitucional de la República Dominicana, fue elegido como vicepresidente de la CUMBRE MUNDIAL DE LA FAO, celebrada en Roma; lo que constituye un alto honor para el pueblo dominicano, que en un foro global de tanta importancia para el desarrollo humano y el sostenimiento de la paz en el orbe, Usted haya sido elegido en tan elevado escaño en este cónclave.

RESULTA : que el Estado y el pueblo dominicanos, somos garantes en convertir a nuestro país, en una potencia agrícola que nos permitirá satisfacer las necesidades alimenticias internas a precios asequibles; exportando el excedente a las naciones de América y el mundo.

RESULTA : que es de gran valor político y de elevada estrategia económico, para el Estado, el pueblo y el Partido de la Liberación Dominicana (P.L.D.), desarrollar a su máxima capacidad el sistema agropecuario nacional.

SEGUNDA PARTE

IMPORTANCIA DEL FORTALECIMIENTO FINANCIERO E INSTITUCIONAL DEL BANCO AGRÍCOLA


CAPÍTULO I


RESULTA : que el BANCO AGRÍCOLA DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, es una institución crediticia de derecho público con personería jurídica, que realiza una importantísima actividad financiera a favor del sector agrícola, renglón estratégico en la economía nacional.

RESULTA : que al Banco Agrícola se le debe proveer de una plataforma institucional y operativa, que le permita mayor efectividad en la captación, inversión y recuperación del crédito.

RESULTA : que los pequeños agricultores dominicanos, tienen las fuerzas y dedicación para cultivar la tierra. Pero, a veces dicha entidad bancaria no tiene los recursos para facilitar el crédito oportuno a las federaciones agrícolas y de manera particular a los agricultores.

RESULTA : que es de trascendencia estratégica para el Estado Dominicano; así como de importancia vital para el pueblo, el fortalecimiento financiero e institucional del Banco Agrícola de la República Dominicana; puesto que es el mayor ente crediticio del quehacer agrícola nacional.

RESULTA : que constitucionalmente es un deber insoslayable del Estado como suprema entidad tripartita, que representa jurídicamente la organización de la nación dominicana, propiciar, incentivar y sostener la producción agropecuaria nacional, como corolario sine qua nom, para cubrir las necesidades alimenticias del conglomerado social quisqueyano.

RESULTA : que a escala mundial, la producción de alimentos para humanos, presenta variables muy negativas, tales como : 1) Los cambios climáticos. 2) La producción de biocombustibles a partir de alimentos que se dedicaban a la alimentación humana y animal. 3) El enorme aumento de los precios de los combustibles derivados del petróleo.
RESULTA : que el destino nos ha permitido nacer y desarrollarnos en un país privilegiado por la madre natura, montañas con grandes potencialidades , inmensos y verdes valles que son admiración de todos los que nos visitan, enormes recursos acuíferos; praderas con inmensa vocación agrícola, que constituyen nuestra primigenia fuente de riquezas।



CAPÍTULO II

CAPITALIZACIÓN DEL BANCO AGRÍCOLA A PARTIR DE LA IMPLEMENTRACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL


CONSIDERANDO : que el Código Procesal Penal es una herramienta jurídica novedosa y eficaz, en la lucha sistemática contra los actos antijurídicos que vulneran el orden social y es garante de la paz ciudadana, los derechos de la víctima y el imputado.

CONSIDERANDO : que el cuerpo jurídico antes señalado señala : “ART. 226. Medidas. A solicitud del ministerio público o del querellante, y en la forma, bajo las condiciones y por el tiempo que se explica en este código, el juez puede imponer al imputado, después de escuchar sus razones, las siguientes medidas de coerción : 1) LA PRESENTACIÓN DE UNA GARANTÍA ECONÓMICA SUFICIENTE; …”

CONSIDERANDO : que la Nueva Normativa Procesal, expresa : “ART. 241. Cese de la Prisión Preventiva. La prisión preventiva finaliza cuando : 1) Nuevos elementos demuestren que no concurren las razones que la motivaron o tornen conveniente su sustitución por otra medida; … 3) Su duración exceda de doce meses; 4) Se agraven las condiciones carcelarias de modo que la prisión preventiva se convierta en una forma de castigo anticipado o trato cruel, inhumano o degradante.”

RESULTA : que algunos honorables y sabios jueces de la instrucción, primera instancia y cortes de apelación imponen medidas de coerción contentivas de una garantía económica bajo la modalidad de un certificado de depósito en el BANCO AGRÍCOLA DE LA REPÚBLICA DOMINICANA, decisión que es sapiente, toda vez que el Estado se beneficia directamente al capitalizar a dicha entidad crediticia, incentivando así la productividad agropecuaria.

RESULTA : que muchos magistrados jueces son tímidos, al momento de ordenar en sus resoluciones sobre medidas de coerción que conllevan garantía económica, que la misma sea en la modalidad de certificado de depósito en el Banco Agrícola.

RESULTA : que el interés del Estado, siempre y cuando que resulte moral, legítimo y legal, debe ser tomado en cuenta al igual o en mayor proporción, que el interés privado; como es el caso que nos ocupa en lo concerniente al BANCO AGRÍCOLA DE LA REPÚBLICA DOMINICANA.

CONSIDERANDO : que la democracia se fundamenta y perfecciona en el respeto irrestricto entre los poderes del Estado legalmente constituidos, por lo que no debe existir ingerencias en las decisiones de estos estamentos consagrados como independientes en el sistema democrático. Lo que no implica en modo alguno, que no puedan interactuar estos entes hegemónicos estatales.

CONSIDERANDO : que los tres poderes del Estados se complementan y consolidan en el quehacer democrático, cimentado sobre la viabilidad de las ideas y proyectos. Por lo que son válidas y necesarias las sugerencias tendentes al desarrollo del Estado, como ente productor de riquezas.

CONSIDERANDO : que siendo legalmente el CIUDADANO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, el Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura y el Superior del Procurador General de la República, puede solicitar la cooperación del Poder Judicial, a los fines de que mediante resolución se le instruya a los honorables jueces de las jurisdicciones penales, que por lo menos el cincuenta por ciento (50) de las decisiones de los administradores de justicia, donde entiendan la necesidad de una garantía económica, la misma se ordene bajo la modalidad de un certificado de depósito en el Banco Agrícola de la República Dominicana.

CONSIDERANDO : que si bien es cierto, que un Estado democrático moderno no debe constituir un monopolio a su favor, que vulnera la libre empresa; no menos cierto es, que el mismo puede participar de las actividades generadoras de riquezas. Por lo que a las compañías de seguro, se les debe reservar un espacio como facilitadores de las fianzas judiciales.

TERCERA PARTE

SUGERENCIAS PARA INICIATIVAS LEGISLATIVAS

CAPÍTULO I

CONSIDERANDO : que el Poder Ejecutivo puede someter ante las cámaras legislativas un proyecto de ley de fomento agrícola, gravando mediante una especie timbrada o sello, por un valor de RD$30.00 (treinta pesos), todas las instancias, demandas, querellas, solicitudes, certificaciones, escrito de conclusiones, escritos de defensa, depósito de documentos, resoluciones, autos, sentencias y otros documentos que cursaren ante los Tribunales de la República.

CONSIDERANDO : que en el referido anteproyecto de ley, se puede consignar, que para la expedición de pasaportes, exequátur, actas del estado civil, títulos inmobiliarios, legalizaciones, así como todas las solicitudes hecha a instituciones estatales, gobierno central, descentralizadas o autónomas, deben llevar adicionalmente un sello de la ley de fomento agrícola.

CONSIDERANDO : que el referido proyecto de ley, debe contener una artículo en el cual se ordene que se declarará inadmisible, sin ningún valor ni fuerza legal, todo documento expedido que no cuente físicamente con la especie timbrada o sello, debidamente cancelado.

CAPÍTULO II

CONSIDERANDO : que deben pagar al Estado, para la importación de algunos artículos y bienes, tales como : 1.- Vehículos de motor del año anterior o actual, mil (1000) especies timbradas o sellos. 2.- Vehículos de motor con tres o dos años de fabricación, ochocientas (800) especies timbradas. 3.- Vehículos de motor de seis o cuatro años de fabricación, seiscientas (600) especies timbradas o sellos. 4.- Todos los demás vehículos de motor, sin importar el año, quinientas (500) especies timbradas. 5.- Motocicletas de 1500cc a 750cc; doscientas (200) especies timbradas o sellos. 6.- Motocicletas de 749cc a 250cc, cien especies timbradas o sellos. 7.- Motocicletas de 249cc a 125cc, veinte (20) sellos. 8.- Todas las demás motocicletas, diez (10) sellos. Todas las bicicletas, un (1) sello. 9.- Acondicionadores de aire de 24,000 BTU en adelante, veinte (20) sellos. 10.- Cajas de 24 unidades de whisky, sidras, champain y similares, dos (2) sellos.

CAPÍTULO III

CONSIDERANDO : que todos los operadores y administradores de discotecas, colmadones, terrazas, bares, billares y afines, son sectores de la economía informal que directamente no tributan al Estado y reciben enormes beneficios, por lo que trimestralmente pueden pagar diez (10) sellos de la ley de fomento agrícola. Quedan exceptuado los negocios que tengan un activo inferior a RD$50,000.00 (CINCUENRTA MIL PESOS) Si transcurrido tres (03) días hábiles, no han honrado el pago del compromiso fiscal, se le aplicará una mora del cincuenta por ciento. Si han pasado diez (10) días y en el establecimiento comercial no presentan el recibo de pago, el inspector del Banco Agrícola, podrá proceder a cerrar el lugar, levantando acta al efecto y fijando un rótulo de tamaño prudente en la puerta del negocio que diga : BANCO AGRÍCOLA DE LA R. D., CERRADO POR INCUMPLIMIENTO DE LA LEY DE FOMENTO AGRÍCOLA.

CONSIDERANDO : que si el administrador o cualquiera de sus empleados, sin cumplir con la obligación fiscal, abriese el establecimiento para realizar actividades comerciales, previo levantamiento de acta, que contendrá por lo menos un testigo, se ordenará el arresto del administrador o dependiente en estado de flagrancia; quien en el plazo constitucional será sometido a la acción de la justicia por ante el Juez de Paz correspondiente. Mediante embargo ejecutorio se trasladarán las mercancías, bienes y efectos, que asciendan al duplo del valor adeudado al Estado por ese concepto y se procederá provisionalmente a clausurar el lugar.

CONSIDERANDO : que a más tardar, en un plazo de veinticuatro (24) horas, el inspector actuante del BANCO AGRÍCOLA, debe informar todas las actuaciones, arrestos, embargos ejecutivos y otras diligencias que resultaren pertinentes, al Magistrado Fiscalizador de la jurisdicción correspondiente; los Honorables Jueces de Paz serán competentes, para ordenar la venta de los bienes, efectos y mercancías incautadas. Siempre impondrán una multa, de uno a diez sueldos mínimo, según la gravedad del caso.

CAPÍTULO IV

CONSIDERANDO : que las bancas de apuestas deportivas y lotería, reciben inmensos ingresos, por lo que trimestralmente pagarán veinticinco (25) sellos por valor de RD$30.00 (treinta pesos).

CAPÍTULO V

CONSIDERANDO : que en todos los procesos judiciales por delito de medio ambiente, las garantías económicas para obtener la libertad, sean exclusivamente mediante la modalidad de certificado de depósito en el Banco Agrícola de la República Dominicana. Asimismo, cuando a los sentenciados por tales infracciones se le impongan multas o indemnizaciones a favor del Estado Dominicano, las mismas sean liquidadas ante dicha entidad crediticia.

CUARTA PARTE

CAPÍTULO I

PLANIFICACIÓN Y EJECUCIÓN DE ESTRATEGIAS PARA INCENTIVAR LA PRODUCCIÓN AGROPECUARIA


CONSIDERANDO : que el Poder Ejecutivo motivado en la sensibilidad social y en aras de que los productos agropecuarios sean asequibles a la población, ha dispuesto subsidios por intermedio de los agentes comercializadores, a algunos productos básicos de la canasta familiar. Lo que evidencia prima facie un noble proceder, para contrarrestar el elevado precio de los alimentos; pero en una segunda face, estos recursos deben ser aportado directamente a los agricultores para incentivar la producción de alimentos; toda vez que es lógico suponer que a mayor productividad, se genera proporcionalmente un abaratamiento de los precios, siempre que no surjan variables que faciliten la especulación.

CONSIDERANDO : que las instituciones estatales que dirigen el accionar agropecuario, deben ser unificadas en torno a la planificación y ejecución de un gran programa estratégico de producción, donde la Secretaría de Estado de Agricultura, el Instituto Agrario Dominicano, el Banco Agrícola de la República Dominicana y otras agencias gubernamentales armónicamente marchen en pos de la consecución de este proyecto. Asimismo, consultar y asumir como válidos, los planes que surgieren de los organismos y entidades no estatales, en la medida que convengan al interés nacional.

CONSIDERANDO : que se deben auspiciar asentamientos agrícolas, por mediación del Instituto Agrario Dominicano (IAD). Facilitar asesoría técnica, por intermedio de la Secretaría de Estado de Agricultura, para que las tierras estatales baldías y las ya cultivadas puedan ser aprovechadas al máximo con criterio científico, de conformidad a su vocación agrícola. Y conceder los recursos económicos, para que el Banco Agrícola de la República Dominicana, sea un real instrumento de financiación del aparato productivo nacional.

CAPÍTULO II

DESARROLLO DEL FACTOR HUMANO

CONSIDERANDO : que el mayor activo de la producción lo constituye el hombre, toda vez que es el único ser capaz de planificar el trabajo, para obtener mayor riqueza. Y en el caso de la especie, este valor lo conforman el agricultor y sus asesores técnicos. Pero no obstante a esta realidad, en las últimas dos décadas, el ingreso en las universidades a estudiar ciencias agronómicas ha menguado sustancialmente; ya que estos profesionales han sido relegados como seres extraños de la sociedad y nunca se le ha valorado en su justa dimensión.

CONSIDERANDO : que a la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), se le debe proveer de las nuevas tecnologías para la formación integral de los estudiantes de ciencias agronómicas y fomentar en las universidades privadas esta rama del saber humano.

CONSIDERANDO : que el Estado Dominicano debe promover la capacitación continuada de los profesionales de ciencias agronómicas en universidades de naciones amigas, tales como : Israel, Estados Unidos de América, la Unión Europea, entre otros.

CONSIDERANDO : que los agrónomos deben ser diseminados en el campo dominicano, tomando en cuenta la cantidad de agricultores que deben asesorar.

CONSIDERANDO : que de acuerdo al nivel de estudios alcanzado, se le debe conceder como contrapartida por su trabajo, una remuneración que le permita vivir dignamente en su calidad de profesional en ciencias agronómicas.

CONSIDERANDO : que el agricultor dominicano debe ser incorporado a planes básicos de estudio de las ciencias agronómicas, que le permitirá una mayor productividad de sus predios.

Vistos y analizados : los artículos mencionados del Código Procesal Penal.

Vista y ponderada : la ley Orgánica de la Suprema Corte de Justicia, núm. 156-97.

Vista y estudiada : la ley Orgánica del Banco Agrícola de la República Dominicana.

CONCLUSIONES :

Por todas las razones fácticas y jurídicas planteadas ante ese elevado y augusto despacho; salvo su más cara y elevada ponderación; humilde y respetuosamente; siempre bajo el amparo de su prístino razonamiento, con la mejor intención de aportar una simple idea a la nación y al superior gobierno, concluimos de la manera siguiente : :

PRIMERO : PONDERAR los razonamientos que el PARTIDO JUSTICIA SOCIAL (PJS), le formula humildemente, pretendiendo aportar algunas ideas para fortalecer el quehacer agropecuario nacional. Siempre entendiendo, que desde esa elevada magistratura se trabaja incansablemente en aras del bienestar del pueblo dominicano.

SEGUNDO : REITERAR el apoyo a las ejecutorias de su gobierno, las cuales siempre serán a favor del pueblo dominicano.

TERCERO : REMITIR cualquier comentario a nuestra correo electrónico, que aparece en cabeza de instancia.

En el Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinte (20) días del mes de junio del año dos mil ocho (2008).-


Lic. JOVANNY ARQUÍMEDES RODRÍGUEZ
PRESIDENTE


LIC. JOSÉ MANUEL RAMOS
Coordinador de la Comisión Jurídica




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